Prueba de Conjunto (Alumnos en posesión de Resolución del MEC)

DESTINATARIOS

Alumnos en posesión de Resolución del Ministerio de Educación y Ciencia.

SOLICITUD 

Los interesados solicitarán la realización de la Prueba de Conjunto mediante una solicitud presentada mediante los Registros de la UCM, a la que adjuntará  original y copia para su cotejo de la Resolución dictada por el Secretaria General Técnica de Educación sobre la homologación del título del interesado, una fotocopia del DNI, Pasaporte o permiso de residencia, y el abono de las tasas correspondientes a través de carta de pago previamente emitida por la Secretaría de Alumnos.

En el supuesto de que el interesado haya superado parte de las asignaturas en otra Universidad, la Facultad no tomará en consideración el certificado que se haya expedido al efecto, debiendo volver a examinarse de todas las materias reseñadas en la Resolución del Ministerio de Educación.

EL TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal Calificador de la Prueba de Conjunto será designado por la Comisión Permanente de la Junta de Facultad para cada curso académico. Dicho Tribunal estará constituido por cinco funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios, que pertenezcan a aquellas áreas de conocimiento a las que se encuentran vinculadas las materias troncales del título solicitado. Cada uno de los miembros del Tribunal pertenecerá a un área diferente, siempre que el número de las que correspondan a las materias troncales sea igual o superior a cinco. Cuando no se alcance esa cifra podrá haber, como máximo, dos miembros de la misma área en el Tribunal.

El Tribunal así designado, actuará en las dos convocatorias del año natural, salvo casos de fuerza mayor o impedimentos de carácter académico.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando se consideren incursos en alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; comunicándolo por escrito al Decano de la Facultad.

DESARROLLO DE LA PRUEBA

La Prueba tendrá lugar en dos convocatorias ordinarias, una en el mes de julio y otra en el de octubre.

El examen de la Prueba de Conjunto se desarrollará en la fecha convocada, desde las 9,30 horas hasta las 14,00 horas del mismo día, y consistirá en una pregunta de desarrollo, a elegir entre dos, por cada una de las materias de las que deba examinarse el candidato, según se describa en la Resolución individualizada del Ministerio de Educación.

Las materias que integren la Prueba se dividirán en bloques de cuatro asignaturas, correspondiendo un llamamiento único para cada uno de los bloques, que será debidamente anunciado en la convocatoria de examen. En ningún caso se admitirá la entrada del aspirante que no haya respondido al llamamiento único efectuado por cada bloque. Entre bloque y bloque, habrá un descanso mínimo de quince minutos. El examen será, en todo caso, escrito y en lengua castellana

CALIFICACIÓN

El Tribunal publicará una relación nominal con las calificaciones obtenidas, especificando las asignaturas superadas por cada alumno.

En el supuesto de que la prueba no sea superada o sólo sea superada parcialmente, el interesado podrá matricularse en sucesivas convocatorias, siempre dentro de los límites señalados por el bloque de legalidad vigente. Las calificaciones de las asignaturas superadas se conservarán hasta la superación definitiva de la Prueba de Conjunto o, en los casos que corresponda, hasta que finalice el plazo dispuesto normativamente para la homologación (Disp. Dic. 7 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre).

Tal y como dispone la Orden ECI/1519/2006, de 11 de mayo (BOE de 19 de mayo), al final de cada convocatoria, previo pago de las correspondientes tasas y a petición del interesado, se expedirá a su favor certificado acreditativo de haber concluido la completa y definitiva superación de los requisito formativos complementarios, que deberá presentar ente la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones del Ministerio de Educación como requisito previo para la expedición de la credencial de homologación.

Los participantes en las pruebas podrán solicitar la revisión de examen y formular las reclamaciones que estimen oportunas, dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la publicación de las calificaciones.

PLAZO. DEL 1 AL 15 DE JUNIO, para la convocatoria de julio, y DEL 1 AL 15 DE SEPTIEMBRE para la de octubre. 

Acceda aquí al impreso de solicitud