Alta en la Seguridad Social

Los estudiantes que cuenten con ayuda al estudio en sus prácticas, según establece el RD 1493/2011 (BOE de 27 de octubre), quedan comprendidos en el Régimen General de la Seguridad Social, con la misma acción protectora excepto la protección por desempleo.

Las prácticas curriculares cuentan con una bonificación del 100 % en las cotizaciones, por lo que la empresa no cotiza por ellos, pero debe darles de alta, de acuerdo con lo establecido en el RD Ley 8/2014, de 4 de julio (BOE de 5 de julio). Art. 22