Estudios Avanzados de Derecho Financiero y Tributario (conjunto con UDIMA)

Máster. Curso 2022/2023.

Otros datos de interés

INFORMACIÓN DIRIGIDA AL ESTUDIANTE DE NUEVO INGRESO:

El Máster va dirigido tanto a estudiantes recién graduados en el campo de las Ciencias Sociales y Jurídicas, preferentemente de Derecho, Ciencias Económicas, Empresariales o en Administración y Dirección de Empresas, como a profesionales que, tras haber adquirido experiencia en el ejercicio de sus actividades, deseen obtener una formación adicional en las materias cursadas.

Criterios de Admisión:

La Coordinación del Máster se encargará del proceso de valoración de méritos conforme a los criterios de admisión: expediente académico 60%, CV 10%, Idiomas 5%, adecuación al perfil 20% y otros méritos 5%.

Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso: Conocimientos previos sobre Derecho financiero y tributario y sistema fiscal

Es importante que los estudiantes conozcan que para el procedimiento de formalización de matriculas, cumplimentación de formularios o cualquier otra cuestión de carácter administrativo deben dirigirse a la Secretaría de la Facultad de Derecho.

CALENDARIO CURSO ACADÉMICO.

El curso a distancia en UDIMA comienza en septiembre y termina con los exámenes presenciales a finales del mes de enero. Las clases presenciales en la UCM dan comienzo la primera semana de febrero y terminan a finales del mes de mayo.

La defensa del TFM tiene lugar en convocatoria ordinaria de la UCM en junio y en convocatoria extraordinaria de la UDIMA en septiembre.

HORARIOS DEL CURSO ACADÉMICO

Las clases presenciales del Máster se cursan en turno de tarde, de 16 a 20:30 horas, de lunes a miércoles, aunque fuera de ese horario se programan algunas actividades formativas complementarias (por ejemplo, seminarios, jornadas o visitas institucionales).

Transferencia y reconocimiento de créditos 

En líneas generales, la normativa sobre reconocimiento y transferencia de créditos de la UCM respecto de las enseñanzas de Máster, se basan en los siguientes criterios:

  • Los reconocimientos se realizarán entre asignaturas superadas en enseñanzas oficiales de Master siempre en función de las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas de origen y las previstas para el Plan de estudios del título de Master Universitario

  • Pueden ser objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales de Licenciatura, Ingeniería Superior o Arquitectura, siempre que procedan de asignaturas vinculadas al segundo ciclo y atendiendo a la misma adecuación de competencias.

  • Se podrán reconocer créditos cursados en enseñanzas oficiales de Doctorado.

  • Es posible obtener el reconocimiento de créditos por experiencia profesional o laboral de análogo nivel, que en ningún caso superarán en su conjunto al 15% del total de créditos que constituyan el plan de estudios.

  • El Trabajo de Fin de Master no podrá ser nunca objeto de reconocimiento.

  • El reconocimiento de créditos no podrá superar el 40% de los créditos correspondientes al título de Master para el que solicite el Reconocimiento.

  • No podrán ser reconocidos créditos de asignaturas previamente reconocidas o convalidadas.

 

DISPOSICIONES 

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de octubre de 2011 por el que se aprueba la modificación del Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos (Publicado en el BOUC de 15 de noviembre de 2010).
  • Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de Créditos, de 15 de julio de 2010 (BOUC 15 de noviembre de 2010).