¿Se pueden cancelar las prácticas?

La finalización de la práctica podrá anticiparse a la fecha prevista a iniciativa de la entidad colaboradora. El tutor de la entidad elaborará un informe dirigido al Responsable de prácticas del centro o de la OPE, indicando los motivos y la fecha de efectos.

Las circunstancias que podrán motivar la finalización anticipada pueden ser, entre otras, las siguientes:

- Mutuo acuerdo de las partes intervinientes.

- Causas justificadas que impidan el desarrollo de las actividades programadas.

- Incumplimiento del convenio por cualquiera de las partes.

- Pérdida de la condición de estudiante, con arreglo a lo establecido por la UCM.

- Cese de actividad de la entidad colaboradora.

Las cancelaciones de las prácticas se notificarán, en la medida de lo posible, con una antelación de siete días hábiles. Si no existiera una causa justificada de cancelación de la práctica, el Responsable de prácticas del centro, la Comisión de prácticas o el Coordinador de la titulación valorarán la acción a emprender. La UCM se reserva el derecho de penalizar al estudiante o a la entidad colaboradora, que en el caso de prácticas extracurriculares podrá ser imponiéndole un período de carencia antes de solicitar un nuevo puesto de prácticas o nuevos estudiantes, respectivamente.