Reconocimiento de créditos del Máster de Acceso a la abogacía

SOLICITUDES

  • Se presentarán en los Registros de la UCM o en la Secretaría del Centro en la Secretaría del Centro por duplicado, para sellar una copia. Para formular cualquier tipo de reclamación será necesaria la presentación de la copia sellada.
  • Antes de formular la solicitud, el alumno debe obtener en la Secretaría de Alumnos el recibo de la tasa por el estudio de la solicitud de Reconocimiento y Transferencias de Créditos, cuya cuantía se fijará para cada curso académico en el Decreto de los Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
  • Las solicitudes serán resueltas por el Decano, previo informe de la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos. 
  • Contra la resolución del Decano se puede interponer Recurso de Alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde la comunicación.

DOCUMENTACION

  • Solicitud cumplimentada con letras de imprenta, indicando claramente la/s asignatura/s cuyo reconocimiento se solicita, con los CÓDIGOS correspondientes de ambos Master
  • Certificado oficial donde consten las asignaturas cursadas y aprobadas. Si los estudios son de la UCM, valdrá con el Certificado que se puede expedir en UCMnet a través de Mi Progreso Académico, sin ser necesario el abono de un Certificado Personal

CRITERIOS

  • Para solicitar reconocimiento de créditos, las asignaturas tendrá que haberse matriculado previamente de ellas.
  • En el momento de la realización de la matricula, se pondrá el check de petición de Reconocimiento de Créditos. Se aconseja  que el alumno realice el pago fraccionado, ya que en caso de concesión abonará exclusivamente el 25% de la asignatura reconocida.
  • No son susceptibles de reconocimiento los créditos de asignaturas previamente reconocidas o convalidadas, el Trabajo de Fin de Grado.
  • Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos de las asignaturas optativas con el objeto decompletar los necesarios para el reconocimiento de una asignatura troncal u obligatoria de la misma área de conocimiento.

PLAZO PARA LA SOLICITUD. DEL 1 DE SEPTIEMBRE AL 30 DE SEPTIEMBRE 

NORMATIVA. BOUC nº 14 DE 10 DE NOVIEMBRE DE 2011

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