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- Curso 2025-2026
- Seminario Hispano-Italiano sobre Derecho administrativo económico y la Carta Europea de Derechos Fundamentales (2 diciembre 2025)
Seminario Hispano-Italiano sobre Derecho administrativo económico y la Carta Europea de Derechos Fundamentales (2 diciembre 2025)
Lugar y fecha: Aula Polivalente I (Facultad de Derecho UCM), 2 de diciembre de 2025, a las 19:30 h.
Ponente: Donato Vese, Profesor de Derecho administrativo de la Università di Pisa, Dipartimento di Giurisprudenza
Titulo ponencia: Derecho bancario europeo y derechos fundamentales
Resumen: La ponencia aborda la incidencia de los derechos fundamentales en el ámbito de la legislación bancaria europea. Específicamente, se examina el derecho a ejercer una actividad empresarial, el derecho de propiedad y el derecho a una buena administración, regulados, respectivamente, en los artículos 16, 17 y 41 de la Carta Europea de Derechos Fundamentales (Carta de Niza de 2000). El informe reconstruye la base jurídica del derecho bancario europeo mediante el examen de su evolución desde las primeras directivas comunitarias en materia financiera hasta la más reciente creación de la Unión Bancaria Europea, a través del análisis de los tres pilares fundamentales: el mecanismo único de supervisión, el mecanismo único de resolución y el sistema de garantía de depósitos.
Ponente: Giovanni D´Elia, Abogado
Título ponencia: La satisfacción de las necesidades básicas entre el Estado liberal-abstencionista. Una interpretación de las fuentes primarias para la protección de los derechos fundamentales y el desarrollo del bienestar social.
Resumen: En el seminario se intentará demostrar que, con la superación del Estado social y la llegada de la economía de mercado, que ha reducido la intervención directa del Estado en la economía, no desaparece el deber de los poderes públicos de promover las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución más equitativa de la renta regional y personal. Esto se debe a que la Constitución y las fuentes primarias del derecho europeo no atribuyen esta obligación a las finanzas públicas, sino a la colaboración entre el sector público y el privado.