Certificados Académicos Personales

CERTIFICADOS DE GRADO TRAMITACIÓN AUTOMÁTICA

  • Para solicitar la emisión automática de los Certificados de Grado haga click en el siguiente enlace: Sede Electrónica (ucm.es)

El alumno podrá solicitar en cualquier momento un certificado académico personal de su expediente en la Secretaría de Alumnos.Puede también solicitarlo por correo electrónico según la titulación que corresponda adjuntando, fotocopia de DNI ( por ambas caras) y justificante de familia numerosa ( en su caso) :

Impreso de Solicitud de Certificado (Descargar)

  •      GRADO EN DERECHO:

         gradoderecho@ucm.es

  •      GRADO EN RELACIONES LABORALES Y RECURSOS HUMANOS:

         gradorrll@ucm.es

  •      GRADO EN CRIMINOLOGÍA:

        gradocriminologia@ucm.es

  •      GRADO EN DERECHO CON MENCIÓN FRANCÉS:

          anafer02@ucm.es

  •      GRADO HISPANO ITALIANO:

          anafer02@ucm.es

  • DOBLE GRADO EN DERECHO-ADE:

         doblegradodcho-ade@ucm.es

  •      DOBLE GRADO EN DERECHO-RRLL:

        dg-dcho-rrll@ucm.es

  •      ALUMNOS SICUE:

       anafer02@ucm.es

  • MASTERES OFICIALES:

       d.masteroficiales@der.ucm.es

  •      DOCTORADO:

       doctorado.derecho@ucm.es

  • CENTROS ADSCRITOS:

       anafer02@ucm.es

  • TÍTULOS PROPIOS:

       titulospropiosder@ucm.es

 

Tiempo de entrega: 7 días

Nota informativa: La entrega del certificado será por correo electrónico y estará firmado con firma digital.

Aviso: los certificados que se emitieron en papel y que estén pendientes de retirar podrán recogerse por la persona interesada. Su recogida tendrá como requisito indispensable la presentación del D.N.I. y resguardo del pago (ejemplar para el alumno).La retirada del certificado por persona distinta del interesado, tiene como requisitos indispensables: fotocopia del D.N.I. de la persona que retira el certificado, resguardo del pago (ejemplar para el alumno), autorización escrita y fotocopia del D.N.I. de la persona interesada.

 AVISO 

  • La normativa de matrícula de la UCM dispone que las Secretarías de Alumnos denegarán la expedición de títulos y certificados cuando los estudiantes tuvieran pagos pendientes de satisfacer.