Trabajo Fin de Grado en Derecho Eclesiástico del Estado

Derecho P2010 Cuarto

TRABAJO FIN DE GRADO

Curso 2024-2025 (Plan antiguo)

Guía docente adaptada a las Directrices aprobadas por la Junta de Facultad el 22 de diciembre de 2021

Asignatura

TRABAJO FIN DE GRADO

Código

 

Versión

Mayo 2022

Módulo

Formación Básica

Materia

Derecho

 

6 ECTS

Presenciales

2

No presenciales

4

Curso

Cuarto

Semestre

Segundo

 

DEPARTAMENTO Y COORDINADOR

Departamento Responsable

Derecho Internacional, Derecho Eclesiástico y Filosofía del Derecho 

Profesor Coordinador

E-mail

Despacho

Rafael Palomino

rafaelpalomino@ucm.es

301

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SINOPSIS

BREVE DESCRIPTOR

El Trabajo de Fin de Grado (TFG) es una incorporación obligatoria del Plan de Estudios de las nuevas titulaciones, derivada de la adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior. Consiste en el desarrollo de una memoria, proyecto o trabajo, que se debe realizar en la fase final del plan de estudios. Está orientado a la acreditación de la adquisición de las competencias asociadas al Grado en Derecho. 

CONOCIMIENTOS PREVIOS RECOMENDADOS

Para poder proceder a la matriculación del TFG será imprescindible, en los Grados, que el estudiante haya superado como mínimo el 60% de los créditos de la titulación, entre ellos todos los de Formación Básica. En el caso de los Dobles Grados, se estará a los requisitos de matriculación (filtros) acordados para cada titulación. Al realizar la matrícula del TFG el estudiante deberá formalizar también todos los créditos necesarios para la obtención del título.  

OBJETIVOS FORMATIVOS

OBJETIVOS (Resultados de Aprendizaje)

Desarrollo de competencias genéricas, transversales y específicas del Grado en Derecho. Ejercicio conjunto de habilidades y destrezas adquiridas previamente en el Grado en Derecho.

COMPETENCIAS

Transversales: 

  • capacidad de comunicación oral y escrita, especialmente la relativa a la transmisión de información, ideas, problemas y soluciones jurídicos a un público especializado.

Genéricas:

  • capacidad para manejar las fuentes jurídicas;
  • capacidad para leer y comprender escritos de naturaleza jurídica;
  • capacidad de análisis y síntesis;
  • ejercicio del razonamiento crítico;

Específicas:

  • capacidad de confrontar y/o resaltar, los valores de igualdad, justicia y pluralismo en la normativa a ellos exigible o en ella incorporados;
  • capacidad para conocer las soluciones jurídicas de los conflictos entre poder político y poder religioso, tanto desde una perspectiva histórica como contemporánea;
  • capacidad para conocer la formación, desarrollo y aplicación del derecho fundamental de libertad religiosa;
  • capacidad para conocer las soluciones jurídicas aplicables a la diversidad religiosa en las sociedades contemporáneas;
  • capacidad para conocer el derecho de libertad religiosa en el ordenamiento jurídico español. 

CONTENIDOS TEMÁTICOS

De acuerdo con los contenidos temáticos del área de Derecho eclesiástico el TFG puede versar sobre las siguientes materias:

  • Derecho eclesiástico del Estado, sector del ordenamiento jurídico;
  • relaciones entre poder político y la religión en la historia, con especial atención a España y al entorno europeo;
  • principios informadores y fuentes del Derecho eclesiástico del Estado español;
  • órganos estatales, supranacionales e internacionales competentes en materia religiosa;
  • el derecho de libertad de pensamiento, conciencia y religión:

                  · noción, fundamento, contenido esencial;

                  · relación y conflictos con otros derechos fundamentales;

                  · límites y garantías;

  • las objeciones de conciencia;
  • simbología religiosa; 
  • matrimonio religioso y su posición jurídica en el ordenamiento español y comunitario, con particular atención al derecho matrimonial canónico;
  • concepto y estatuto jurídico de las confesiones religiosas en España y en Europa:

                  · personalidad jurídica civil, autonomía;

                  · ministros de culto;

                  · régimen económico y patrimonial;

  • derecho a le educación y libertad de enseñanza;
  • minorías religiosas.

ACTIVIDADES DOCENTES

  • Tutorías individuales: la realización del TFG presupone la asignación de un/a profesor/a tutor/a a cada estudiante. La asignación puede ser automática (cuando sólo hay un/a profesor/a por grupo) o personalizada (cuando hay varios tutores por grupo, asignación mediante consulta con el coordinador/a de TFG). Podrá actuar como tutor del TFG cualquier profesor que imparta o haya impartido docencia en la titulación y sea designado como tal por su respectivo Departamento. Su misión será:

    · precisar el tema del TFG (en el marco de las líneas temáticas aprobadas por el Departamento);

    · orientar a los alumnos que tutorice; 

    · supervisar la realización de los trabajos; 

    · y autorizar la defensa oral  del TFG mediante el Visto Bueno.

  • Además, se podrán desarrollar actividades formativas de distinto tipo (seminarios, tutorías colectivas, etc.) destinadas a orientar al estudiante sobre la modalidad y estructura del trabajo, la metodología, el tratamiento de los temas, la orientación bibliográfica y su correcta presentación.
  • Estudio y trabajo autónomo.

EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN

  • Cada curso tendrá dos convocatorias de examen, con arreglo a lo que corresponda según la temporalidad del TFG en la titulación (primer o segundo cuatrimestre).
  • La evaluación corresponderá a una o varias Comisiones, integradas preferentemente por aquellos profesores que participan en la docencia de los TFG, designadas por cada Departamento. Estará compuesta por al menos dos miembros, entre los que puede estar presente el tutor. Los Departamentos comunicarán con carácter previo a Decanato los miembros de las referidas comisiones y las publicarán para su conocimiento por el alumnado. Para ser presentado ante una Comisión evaluadora el TFG deberá contar con el Visto Bueno del tutor/a. La denegación del Visto Bueno deberá motivarse. 
  • La calificación obtenida será trasladada a las actas en la convocatoria en la que el alumno haya superado la asignatura. Sin embargo, no quedará consolidada en su expediente hasta que haya superado todos los créditos restantes para la obtención del título. Dicha calificación se incluirá en la convocatoria que corresponda tras el momento en que el alumno haya cumplido la exigencia anterior.
  • Dado que el alumno no puede conocer la calificación del TFG defendido hasta el momento en que la nota pueda consolidarse, se pondrá en conocimiento del alumno dicha calificación por otros medios, especialmente cuando resulte suspenso y deba proceder a una presentación de su TFG en la siguiente convocatoria.
  • Es suficiente y recomendable que el acta sea firmada por el coordinador de TFG de cada Departamento. El TFG no podrá ser objeto de reconocimiento de créditos ni de compensación. 

Criterios de evaluación:

Trabajo escrito

70 %

  • requisitos formales,
  • seguimiento tutorización,
  • rigor conceptual y metodológico,
  • bibliografía y fuentes
  • conclusiones.

Exposición oral

30%

  • estructura y claridad expositiva,
  • conclusiones.

Reglas particulares relativas a la obtención de Matrícula de Honor:

  • Grado en Derecho: sólo es posible una Matrícula de Honor (MH) por cada 20 alumnos. Para conceder la MH las Comisiones designadas por el Departamento y ante las que se defiende el TFG deberán proponer aquellos TFG que, con una calificación de 10, se entienda pueden optar a MH. En el caso de que haya más de un TFG propuesto para MH el Consejo de Departamento procederá a nombrar una Comisión (de todo el Departamento o solo del área de Derecho eclesiástico del Estado) encargada de evaluar y otorgar las MH entre los candidatos propuestos. En ese mismo acto procederá a fijar los criterios de valoración: nueva exposición oral, análisis de los TFG por la Comisión, valoración, en caso de empate, del expediente académico de los alumnos aspirantes. En caso de existir convocatoria extraordinaria de febrero y ser propuesto el TFG para MH, deberá resolverse temporalmente junto con las MH propuestas para la convocatoria ordinaria, procediéndose a la rectificación del acta cuando dicho TFG sea el que obtenga la MH.
  • Dobles grados: estando el número de MH relacionado con el número de alumnos matriculados en el TFG del Grado de referencia, y existiendo numerosas áreas de conocimiento implicadas, la Comisión encargada de otorgar las MH estará compuesta por tres miembros del equipo decanal: Presidente: Secretario/a de Facultad (suplente Vicedecano/a de ordenación académica); Vocales: Vicedecano/a de Estudios de Grado (suplente Vicedecano/a de Estudios de Posgrado) y Vicedecano de Alumnos (suplente Vicedecano/a de Prácticas Externas). 

MODALIDADES Y PRESENTACIÓN DEL TFG 

  • El TFG podrá adoptar distintas modalidades: caso práctico, comentario de sentencia o disertación jurídica. Deberá tratarse de un trabajo estructurado que muestre la capacidad del alumno para aprehender y exponer un tema jurídico ante un auditorio especializado.
  • Con arreglo a las Directrices aprobadas por la UCM, en ningún caso podrá tratarse de un trabajo de investigación. Tampoco podrá consistir en un trabajo meramente descriptivo, o en un mero resumen de un texto bibliográfico, legal o jurisprudencial. 
  • El TFG será siempre un trabajo original a cargo del alumno: no podrá estar plagiado, ni haber sido presentado con anterioridad por el mismo u otro alumno en otra asignatura, materia o módulo, cursada por el alumno en cualquier Universidad (española o extranjera) en la que haya realizado sus estudios. Cuando se verifique la presentación de un TFG plagiado o cuya autoría no corresponda al alumno, el TFG no podrá ser defendido, adoptándose las medidas encaminadas a la sanción disciplinaria que corresponda a este comportamiento.
  • Los TFG habrán de ser individuales. Se admitirán los trabajos colectivos estableciendo previamente el/la tutor/a las condiciones de participación y los criterios de evaluación de cada participante.
  • Con carácter general, los trabajos deberán tener una extensión mínima de 15.000 y máxima de 24000 palabras sin incluir las destinadas a portada, índice, abreviaturas, bibliografía y anexos. Los trabajos estarán redactados en letra del tipo Times New Roman tamaño 12, con un interlineado de 1,5. Las notas a pie de página estarán redactadas en letra del tipo Times New Roman tamaño 10, con interlineado sencillo. 
  • Los trabajos tendrán: portada, índice, abreviaturas (en su caso), contenidos temáticos (adecuadamente estructurados), bibliografía y adenda documental (en su caso).
  • Sistema de citas:

· Monografías: Se pondrán en primer lugar las iniciales del nombre del autor en mayúsculas, seguidas del apellido en minúsculas. El título del libro debe ir en cursiva, seguido del número de edición (si lo hubiere) la editorial, la ciudad y el año de publicación, y la página o páginas de la cita. P. ej.:  P.A. De Miguel Asensio, Derecho privado de Internet, 4ª ed., Thomson-Reuters Civitas, Navarra, 2011, pp. 756-763.


· Artículos de revistas o contribuciones en obras colectivas: Se pondrán en primer lugar las iniciales del nombre el autor en mayúsculas, seguidas del apellido en minúsculas. El título del artículo o contribución entrecomillado, seguido del nombre de la Revista en cursiva, volumen, número, año de publicación y la página o páginas de la cita. En caso de ser una obra colectiva, después del título de la contribución entrecomillado se pondrá el nombre del editor/es, director/es o coordinador/es de la obra, el título de esta en cursiva, la editorial, la ciudad y el año de publicación, y la página o páginas de la cita. 


L.I. Sánchez Rodríguez, “L’uti possidetis et les effectivités dans les contentieux territoriaux et frontaliers”, R. des C., vol. 263, 1997, p. 161; 


J. de Pinho Campinos, “L’actualité de l’uti possidetis”, en Société Françoise de Droit International , Colloque de Poitiers. La Frontière, París, 1980, p. 95. 

Para las siguientes citas de la misma obra, ya no se pondrá el título completo de la misma, sino el inicio del título y op. cit

P.A. De Miguel Asensio, Derecho…, op. cit., pp. 776-780. 


L.I. Sánchez Rodríguez, “L’uti possidetis…”, op. cit., p.162. 


J. de Pinho Campinos, “L’actualité…”, op. cit., p. 97.


· Jurisprudencia: El nombre el asunto debe ir en cursiva, y la publicación donde se recoja igual que en el caso de las Revistas. Se recomienda la cita del repertorio jurisprudencial (CENDOJ, WESTLAW, etc.) o del ECLI con la referencia específica propia de éste. 


STJUE de 24 de noviembre de 2011, C-70/10, Scarlet Extended


Asunto de la controversia fronteriza (Burkina Faso/Mali), CIJ Recueil, 1986, pp. 582-583, par. 53 y 56. 


STEDH de 11 de enero de 2007, asunto Anheuser-Busch Inc. v. Portugal [GC], no. 73049/01.

PLAZOS y FORMA DE ENTREGA DEL TFG

La entrega final del TFG al tutor tendrá lugar, al menos, dos semanas antes de la fecha fijada para su defensa. Por circunstancias excepcionales debidamente acreditadas, el tutor podrá decidir la entrega en un plazo inferior. El alumno deberá entregar en el Departamento en el que esté matriculado, tantos ejemplares de su TFG como miembros tenga la Comisión que ha de juzgarlo.

BIBLIOGRAFÍA

En función del tema escogido para la realización del TFG, el/la tutor/a establecerá la bibliografía a utilizar.